En España para poder jubilarte existen una serie de requisitos: 1. Haber alcanzado la edad mínima de jubilación. Usted no alcanza la edad mínima de jubilación, pues con la reforma de las pensiones en 2013, el Gobierno introdujo una serie de modificaciones que aumentan de forma progresiva la edad de jubilación ordinaria hasta 2027, cuando pasaremos a retirarnos a los 67 años, frente a los 65 actuales. También se permitirá la jubilación a los 65 siempre que el trabajador haya cotizado un mínimo de años que va aumentando desde 35 a 38 años y medio en 2027 –a razón de un trimestre por año. Por tanto, en 2022, las personas que quieran jubilarse a los 65 años sin ver disminuida su prestación deberían haber cotizado más de 37 años y 6 meses. Si no alcanzan dicha cifra, para recibir la pensión completa deberían retirarse cuando cumplan 66 años y 2 meses. 2. Periodo mínimo de cotización de 15 años, lo que le da derecho al 50% de la pensión contributiva. 3. En sus últimos 15 años en edad de trabajar, tendrá que haber cotizado como mínimo 2 años para recibir esta pensión. 4. Es necesario estar afiliado a la Seguridad Social. De lo expuesto, se concluye que usted no reúne los requisitos para poder solicitar la jubilación total. Por otro lado, su caso todavía no es compatible para poder solicitar la jubilación anticipada voluntaria. Con la reforma de las pensiones en 2013 (Decreto-Ley 5/2013 de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo), se introdujo, por primera vez de forma generalizada, la posibilidad de solicitar la jubilación anticipada para autónomos. Los requisitos que debe cumplir un trabajador por cuenta propia que quiera solicitar la jubilación anticipada son: 1. No se puede acceder a ella hasta dos años antes de la edad de jubilación de cada autónomo. Es decir, ahora mismo con 63 años, y en 2027 con 65. Dentro de 3 años, usted cumpliría este requisito. 2. Para cobrarla, el trabajador debe tener a sus espaldas un período mínimo de cotización de 35 años. A pesar de que en 3 años alcanzaría la edad mínima legal para poder solicitar la jubilación anticipada, sus años de cotización no serían suficientes (habría cotizado 31 años). 3. La jubilación que resulte tiene que ser superior a la pensión mínima que le correspondería al cumplir los 65 años. Por tanto, dentro de sus circunstancias, usted no puede solicitar aún la jubilación.